Plan México: qué es y cómo aprovechar la deducción fiscal en tus proyectos

Guía práctica sobre los estímulos fiscales del Plan México: deducción inmediata de activo fijo (41-91%) y deducción adicional por capacitación. Quién puede aplicarlos, qué requisitos necesitan y cómo el CFDI conecta a integradores y usuarios finales.

Jorge Saad

Una guía breve para entender los estímulos fiscales del "Plan México", quién puede usarlos y qué se necesita. Sirve tanto si eres integrador como si eres la empresa que va a invertir en el equipo (el usuario final).

Qué es

El 21 de enero de 2025 se publicó un decreto fiscal que otorga dos beneficios en el ISR para empresas que invierten en México:

  • Deducción inmediata de activo fijo nuevo. En vez de depreciar el equipo durante varios años, se deduce gran parte de su valor en el mismo ejercicio en que se compra. Los porcentajes van del 41% al 91% para inversiones de 2025 y 2026, y del 35% al 89% de 2027 a 2030, según el tipo de bien.
  • Deducción adicional del 25% sobre el aumento del gasto en capacitación e innovación, comparado contra el promedio de los últimos tres años.

Aplica para equipo adquirido entre el 22 de enero de 2025 y el 30 de septiembre de 2030.

Quién recibe el beneficio

Esta es la parte que más se confunde, así que va directo:

El beneficio lo recibe quien se queda con el equipo como activo fijo propio y lo usa en su operación, no quien lo vende.

  • El usuario final que compra el equipo, lo capitaliza y lo usa en su actividad → sí puede aplicar la deducción inmediata.
  • El integrador que vende e instala el equipo y transfiere la propiedad → para él ese equipo es costo del proyecto, no activo fijo. No deduce por esta vía.

La excepción: si el integrador conserva la propiedad del equipo y lo opera como servicio (monitoreo administrado, videovigilancia como servicio, energía como servicio, equipo en renta), entonces el activo es suyo y el integrador es quien deduce.

En la práctica, este estímulo tiene sentido en proyectos grandes de inversión (infraestructura completa de seguridad, red, energía o radiocomunicación). Para compras pequeñas, el trámite no se justifica.

Qué necesita cumplir quien va a deducir

Quien aplique el beneficio (normalmente el usuario final) debe:

  • Ser persona moral en Régimen General de Ley o en RESICO.
  • Estar inscrito en el RFC y tener habilitado el Buzón Tributario.
  • Tener Opinión de cumplimiento positiva ante el SAT.
  • Presentar un proyecto de inversión y obtener la Constancia de cumplimiento del Comité de Evaluación (Hacienda + Economía).
  • Capitalizar el equipo como activo fijo y mantenerlo en uso al menos dos años.

No es automático. Es un programa con cupo limitado (tope global de 30 mil millones de pesos) y el Comité aprueba proyecto por proyecto. La Constancia se tramita ante la Ventanilla Única de la SHCP; si no hay respuesta en tres meses, se entiende negada. Hay que tramitarla antes de la declaración anual: sin Constancia, el sistema del SAT no habilita el estímulo.

El CFDI: el punto que conecta a las dos partes

Aunque el beneficio sea del usuario final, la factura que emite el integrador es clave para que la deducción proceda. El CFDI debe:

  • Tener fecha de adquisición entre el 22 de enero de 2025 y el 30 de septiembre de 2030.
  • Describir el equipo con claridad (que se identifique como bien nuevo y sus características).
  • Cumplir los requisitos del artículo 29-A del CFF.

Si el equipo se factura como "servicio" o "proyecto integral" sin desglose, se complica la deducción del usuario final. Por eso conviene acordar desde el inicio cómo se va a facturar.

Como soporte, el usuario final debe conservar: el CFDI, el estado de cuenta bancario con el pago, la póliza contable y documentación que acredite que el bien es nuevo y su relación con la actividad de la empresa.

La vía propia del integrador: capacitación

El integrador tiene una puerta directa al decreto a través de la deducción adicional del 25% por capacitación. Si invierte en formar a su personal técnico —certificaciones, cursos vinculados a su actividad— puede deducir un 25% adicional sobre el incremento de ese gasto respecto al promedio de los últimos tres años. La capacitación debe darse a trabajadores registrados ante el IMSS y estar documentada. Esta vía no depende de quién sea dueño del equipo instalado.

Resumen

  • Dos estímulos: deducción inmediata de activo fijo (41–91%) y 25% adicional por capacitación/innovación.
  • El beneficio de la deducción inmediata es de quien capitaliza el equipo: normalmente el usuario final.
  • El integrador deduce solo si conserva la propiedad (modelos como servicio), o por la vía de capacitación de su personal.
  • Requiere Constancia del Comité de Evaluación, tramitada antes de la declaración anual.
  • Aplica a equipo comprado entre el 22-ene-2025 y el 30-sep-2030, capitalizado y mantenido 2 años.
  • El CFDI bien emitido es indispensable para que el usuario final pueda deducir.

Este artículo es informativo y no constituye asesoría fiscal. Cada caso debe validarse con el contador o asesor fiscal de la empresa antes de aplicar cualquier estímulo.

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